viernes, 15 de mayo de 2015

PRÁCTICA 2

Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
  •          LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013)
  •          LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
  •          Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
  •          Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (Ver Infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa).


LONCE (ley orgánica para la mejora de la calidad educativa de 10 de diciembre de 2013)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes términos:
Uno. Se añaden nuevos párrafos h bis) y q) al artículo 1 en los siguientes términos:
h bis) El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.
q) La libertad de enseñanza, que reconozca el derecho de los padres, madres y tutores legales a elegir el tipo de educación y el centro para sus hijos, en el marco de los principios constitucionales.»
Son los dos únicos apartados que se añaden respecto a la LOE, por lo demás no se cambia nada, a continuación os presento el análisis sacado del documento ofial.
Artículo 20. Tutores:
1.      La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función docente y serán competencia de todo el profesorado, canalizanda y coordinada a través del tutor.
2.      La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en la vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución académica.
Artículo 21. Tutores:
1.      Cada grupo de alumnos tendrán un tutor que será designado por el director a propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el maestro que imparta mayor número de horas lectivas semanales, a dicho grupo. Además del anterior, en determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo con lo que se establezca en las normas de organización y funcionamiento del centro.
2.      El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y motivada expresamente. En todo caso, favorecerá la permanencia del mismo turo en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º.
3.      El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos tutorizados y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con sus familias. Para ello establecerá a lo largo del curso escolar un número mínimo de tres reuniones con el cojunto de pares del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación trimestrales y una individual con los padres de cada alumno.
4.      Son funciones de los tutores:
·         Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y pudiendo contar para ello, con la colaboración del orientador del centro.
·         Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.
·         Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la educación personal del currículo.
·         Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro.
·         Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.
·         Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezcan la jefatura de estudios.
·         Encauzar los problemas e inquitudes de los alumnos.
·         Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumno, a los mestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico.
·         Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos.
·         Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del centro, en los periodos del recreo y en las actividades no lectivas.
5.      Los tutores serán coordinados por el jefe de estudios, manteniendo las reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas.
LOE (ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación).

Según la LOE, la educación se funda por cuatro apoyos fundamentales:
  •  Aprende a conocer.
  •  Aprender a aprender-aprender.
  •  Aprender a hacer.
  •  Aprender a vivir juntos y aprender a vivir.

LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).

Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.

Art. 22 El alumno como no constituye parte del proceso educativos, la comunidad educativa y agentes básicos para la mejora de la educación.

Art.23 Los padres tienen derecho de elegir el modelo de educación de sus hijos de acuerdo a sus ideales o convicciones. La consejería impulsará programas de orientación a las familias para mejorar su papel como educadores, así también, pondrá a disposición de los centros públicos los recursos necesarios para que el centro y los padres estén en contacto por las vías electrónicas de comunicación.

Art.24 los padres o tutores tienen derecho a elegir el modelo de educación, e centro y la religión de acuerdo con sus convicciones.

Art.25 los padres tienen la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos.

Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional.

Art. 159 La finalidad del modelo de orientación de Castilla La Mancha es contribuir a la educación integral del alumnado a través de la personalización del proceso educativo refiriéndose a la adaptación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, a su singularidad y a la transición tanto entre las distintas etapas y niveles.

Art.160 Las características básicas de la orientación educativa son las siguientes:
·         Proceso continuo, sistemático y articulado.
·         Formar parte de la función docente e integrar todas las acciones realizadas desde la tutoría y el asesoramiento especializado en un proceso en el que los responsables de la orientación colaboran con el conjunto del profesorado.
·         Contribuir al desarrollo en los centros docentes de medidas preventivas, habilitadoras y compensadoras dirigidas al alumnado.
·         Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.
·         Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.
·         Contribuir al desarrollo de los planes estratégicos que persiguen la mejora del éxito educativo y la reducción del abandono escolar temprano.

Art.161 Organización:
1.      La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:
·         La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes.
·         El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso a la red de formación en las zonas rurales.
·         El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería competente en materia de educación determine .
2.      El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras actuaciones de asesormiento y la colaboración con el entorno para obtener la mejor atención educativa.




DECRETOS DE CURRÍCULO EN CASTILLA LA MANCHA (ver Primaria) 
El artículo 1.h.bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, del reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.
La Educación Primaria marca el inicio de la escolarización obligatoria y va a establecer las bases de todo el aprendizaje posterior. Por tanto, debe proveer a los alumnos de una formación sólida que les capacite para aplicar de forma integrada los conocimientos adquiridos y para afrontar con éxito la siguiente etapa de Educación Secundaria
Obligatoria. La educación básica que conforman ambas etapas, se entiende como aquella que deben poseer todos los ciudadanos para ejercer de manera crítica, libre y responsable su propia ciudadanía.
El enfoque competencial de los aprendizajes, el estímulo de la curiosidad, la cultura del esfuerzo y la atención a la diversidad y, por tanto, a la individualidad del alumnado son principios

Artículo 2. Principios generales.

1. La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.

2. Los centros docentes se regirán en su organización y en el desarrollo del currículo, por los principios de equidad, inclusión educativa, normalización y calidad de la enseñanza para todo su alumnado.

3. La enseñanza en la etapa de Educación Primaria se basará en el enfoque del aprendizaje por competencias, como complemento al tradicional aprendizaje de contenidos.

4. La programación y la práctica de la enseñanza en la Educación Primaria garantizarán el carácter global e integrador de las áreas de conocimiento.

5. En esta etapa, se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de los mecanismos de refuerzo adecuados.

6. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se adaptará a sus ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con base en los principios de la educación personalizada y la acción tutorial.

7. La práctica docente se basará en el principio de coordinación entre el profesorado que imparte estas enseñanzas en el centro, con el profesorado de las etapas de Educación Infantil y de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de salvar las diferencias pedagógicas y organizativas y los desajustes que se puedan producir en el progreso educativo o académico del alumnado.

8. En el desarrollo del currículo, los centros docentes realizarán un tratamiento transversal o específico de los siguientes elementos: comprensión lectora y hábito de lectura, expresión oral y escrita, comunicación audiovisual, tecnologías de la información y la comunicación (en adelante, TIC), emprendimiento, actividad física, educación vial, educación cívica y constitucional, y valores relativos a la libertad, justicia, paz e igualdad.

9. Se adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil, promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar.

Art. 15 Participación de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo.
Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión administrativa, deba figurar en su expediente académico.

CONCLUSIÓN

Los marcos legales a analizar, (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha) ponen mucho interés en la participación de los padres y tutores legales en el ámbito escolar. Gracias a ello, el alumno recibirá mejor trato y obtendrá mejores resultados académicos.

Tanto la LOMCE como la LOE redacta correctamente los artículos para facilitar la educación del alumno y sobre todo la labor del docente y la familia o tutor legal.

Tanto el docente como la familia deben estar más al corriente de los marcos legales, puesto que les afectan a sus alumnos y sobre todo a la labor del docente.

Práctica 2b
Tras el visionado del video:
"la comunicación familia escuela", sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.

Uno de los factores importantes en la relación de los padres y el docente, es que exista un clima acogedor para ambos, ya que con dicho clima se van relajando las posturas. Otro de los factores importantes es que el profesor debe tener los objetivos claros de lo que se va hablar en la reunión, esos objetivos se obtienen buscando acuerdos finales, buscando un interés común, alumno/hijo. Se debe tener una escucha activa por parte de los dos, hay que ponerse en el lugar del otro, es decir, empatizar, reconocer y expresar los sentimientos. Se debe recompensar y no culpabilizarse al otro, ya que se puede llegar a crear un conflicto y volver a una comunicación agresiva. Se debe llegar a un acuerdo parcial y finalmente resumir lo hablado y buscar soluciones en comunes y compartidas.
Los factores que se deben evitar para no realizar una comunicación agresiva son: no recibir a la madre a distancia y dialogar de pie, evitar los gestos agresivos y amenazas, los tonos de voz no elevarlos, ya que la elevación del tono conlleva a no escucharse mutuamente y no establecer dialogo ninguno por lo que si no hay dialogo no van a llegar a un acuerdo.
Tras haber visto el video que se cita en el ejercicio, me gustaría aclara que siempre la relación entre el docente y la familia debe ser buena y siempre se debe poner ambos de su parte.
Lo que se observa en el video, es que los problemas se resuelven cuando la comunicación que existe entre los dos es de manera asertiva, ya que el docente explica el problema y la madre escucha con atención dicho problema, puesto que es el docente quien en ese momento estaba presente.
En muchos de los casos es el profesor quien siempre está presente en lo sucedido con el alumno/hijo, por lo que es quien debe explicar el problema. La familia debe tener una escucha activa, ambos deben llegar al acuerdo que se debe hacer con el chico/chica para solucionar el problema. No se ha de perder la relación por lo que se debe tener contacto con la familia cada vez que suceda algo y sobre todo también contarles lo bien que va el alumno en la escuela, puesto que no solo se debe contar lo malo.


Práctica 2c
Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación

La familia va a ser el primer agente de socialización. La relación familia-centro-educador, debe producirse antes de que el alumno se incorpore al aula.
Las causas de la baja participación de los padres en los centros educativos son:
  • Falta de estímulo a la participación de los padres: la mayor parte de los padres no conocen los cauces para la participación en los centros educativos ni las funciones del consejo escolar. Culpando de ello tanto al centro educativo, por su falta de información, como a la administración educativa, por la escasez de acciones para la formación de los padres.
  • No ven utilidad en esa participación: No se sienten partícipes del sistema educativo e incluso, no se sienten incluidos en la comunidad escolar.
  • Falta de motivación de los padres/madres: apatía, dejadez de responsabilidad, comodidad, etc.
  • No se conocen lo suficiente entre ellos para elegir representante.
  • Incapacidad del centro educativo para “mover” a las familias.
  • Los padres no se consideran preparados. Esto es debido a estereotipos o ideas equivocadas sobre el funcionamiento de los consejos escolares, al considerar que los temas que se debaten en sus reuniones son muy técnicos específicos.
  • Su interés está en los profesores de su hijo, no en el funcionamiento del centro.
  • Incompatibilidad de los horarios laboral y escolar.
  • Delegan la responsabilidad de la educación de sus hijos en el centro en los profesionales
  • La administración no potencia la democratización de los centros
  • Problemas de desplazamiento
  • Depende del nivel socioeconómico y de la edad de los hijos
  • Falta de cultura de participación.


Para fomentar que la familia participe en los centros educativos, una de las medidas que me gustaría poner en dicho centro, es que un día de cada mes, el centro haga una jornada de puertas abiertas. En ese día realizaremos una serie de actividades, las cuales la familia y los alumnos se verán involucrados en dichos ejercicios. Por ejemplo: un día lo dejaremos para que nos cuenten historias, de su época, los abuelos de los alumnos, otro día realizaremos actividades deportivas en las cuales participaran los alumnos con los padres. También me gustaría que tanto los padres como los alumnos nos digan varios tipos de actividades que les gustaría hacer esa jornada, ya que aumentaría la expresión liberal del centro.

Bibliografía

España, G.(09 de Diciembre de 2013). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Obtenido de http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12886
España, G. (03 de Mayo de 2006). Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Obtenido de http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899
España, G. (20 de Julio de 2010). Boletin Oficial del Estado. Obtenido de http://todofp.es/dctm/todofp/profesores/normativalegislacion/castilla-la-mancha-13-octubre-2010.pdf?documentId=0901e72b813090bb
Mancha, G. d.-L. (2 de febrero de 2015). Decreto de Currículo. Obtenido de http://www.educa.jccm.es/es/sistema-educativo/decretos-curriculo

No hay comentarios:

Publicar un comentario